La Sala de lo Mercantil del Tribunal Supremo francés («Cour de cassation») ha dado un giro a su jurisprudencia al dictar una sentencia el 23 de enero de 2019 que reconoce el derecho del agente comercial a recibir una indemnización en caso de rescisión del contrato de agencia comercial durante el período de prueba acordado entre las partes.

En el caso analizado, dos sociedades celebraron un contrato de agencia comercial y fijaron un período de prueba de 12 meses. Tras la resolución del contrato por parte del mandante durante el período de prueba por incumplimiento de los objetivos acordados, el agente comercial demandó al mandante requiriendo el pago de una indemnización compensatoria de conformidad con el artículo L. 134-12 del Código de Comercio francés. En efecto el mencionado artículo, reconoce el derecho a dicha indemnización al agente comercial, en concepto de  indemnización por los daños sufridos en el momento de la terminación de su relación con el mandante. Hasta ahora, el Tribunal Supremo francés aplicaba una jurisprudencia que se negaba a indemnizar a los agentes comerciales en caso de resolución del contrato durante el período de prueba.

Esta decisión es el resultado de un largo procedimiento judicial. Mediante una primera sentencia con fecha 6 de diciembre de 2016, el Tribunal Supremo francés suspendió el procedimiento en curso y planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial sobre la interpretación del artículo 17 de la directiva 86/653 del Consejo, de 18 de diciembre de 1986, relativa a la coordinación de los derechos de los Estados miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes, que establece el derecho de éstos a ser indemnizados y que fue incorporada al ordenamiento jurídico francés mediante el artículo L.134-12 del Código de Comercio.

Mediante una sentencia de 19 de abril de 2018, el TJUE respondió que el derecho de indemnización del agente comercial es aplicable desde la celebración del contrato, incluso si las partes han fijado un período de prueba.

Por lo tanto, el Tribunal Supremo francés sólo podía aplicar la solución adoptada por el juez europeo, y así lo hizo en su sentencia de 23 de enero de 2019. Aunque el alcance de esta jurisprudencia es limitado, ya que probablemente la indemnización será de poca importancia tras la resolución del contrato durante el período de prueba, es importante tener en cuenta el cambio de la jurisprudencia en Francia a la hora de negociar un contrato de agencia en este país.

 

Adrián Foulon

M&B Abogados