El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha una ayuda de 1.000.0000 € para incentivar una rebaja de los alquileres a los pequeños comercios afectados por la declaración del estado de alarma.

Los destinatarios de esta subvención son los arrendadores, personas físicas o jurídicas, propietarios de locales comerciales de menos de 300 m2, clasificados como establecimientos comerciales individuales y situados en la ciudad de Barcelona¹, que rebajen de manera significativa el alquiler a sus arrendatarios. Dicha reducción debe consistir en al menos un 25 % de la renta y deberá mantenerse durante los seis meses siguientes a la declaración del estado de alarma del pasado 16 de marzo de 2020.

Para que estos propietarios puedan optar a la subvención del Ayuntamiento de Barcelona, los arrendatarios que se beneficien de una reducción de la renta deberán ser autónomos, microempresas o pequeñas empresas² que desarrollen una actividad comprendida en alguno de los siguientes sectores: comercio minorista de productos no alimentarios en establecimiento permanente (excepto farmacias); servicios de alimentación en restaurantes, bares, etc.; servicios de hospedaje; servicios de reparación de todo tipo y agencias de viajes.

El importe de las subvenciones que se acuerden por el Ayuntamiento en favor de los arrendadores será de 600 € si la rebaja del alquiler es de entre un 25 y 50 % del importe del alquiler inicial y de 1.200 € si la rebaja es superior al 50 % de dicho importe.

Estas subvenciones pueden solicitarse en cualquier oficina del registro municipal de Barcelona o de manera telemática a través del portal de trámites de la web del Ayuntamiento, siendo el plazo de presentación de las solicitudes de dos (2) meses a contar desde el día 25 de junio.

El plazo máximo del cual dispone el Ayuntamiento para emitir su resolución definitiva relativa a las solicitudes será de tres (3) meses desde su presentación. La falta de resolución dentro del plazo fijado dará lugar a entender, por silencio administrativo negativo, que dichas solicitudes han sido desestimadas.

 


¹ No serán objeto de esta subvención los propietarios de los locales situados en centros comerciales.
² Según las características del criterio de clasificación europeo.